martes, 20 de noviembre de 2012

El aumento especial de la pensión de jubilación

 
Si está asegurado en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), sepa que puede –y debe- exigir un aumento especial del 25% de su pensión base al cumplir los 80 años, pues así lo establece una norma vigente que fue expedida en 1981.
 
A través de la Resolución 615-GG-IPSS-81, del 5 de noviembre del referido año, se autoriza este incremento especial. Posteriormente, la Ley 26769 ratifica el otorgamiento de bonificación mensual a los pensionistas del SNP con 80 o más años de edad.
 
El artículo Nº1 de la Ley 26769 indica “ratifícase que los pensionistas de vejez y jubilación del Sistema Nacional de Pensiones del régimen del Decreto Ley 19990 que cuenten con 80 o más años de edad, tienen derecho a percibir una bonificación mensual del 25% de su pensión, la que se calculará sobre el monto de la pensión total que el beneficiario hubiere estado percibiendo en la fecha que cumpla 80 años”.

Sí se cumple

En este sentido, un vocero de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) mencionó que “es una ‘bonificación’ que se da por la Ley 26769, que se llama ‘bonificación por edad avanzada’, se otorga a los pensionistas que reciben su pensión de jubilación y vejez, está dirigido a esas dos prestaciones”.
Además, aseguró que el aumento se otorga de manera automática “de oficio” a algunos pensionistas. Sin embargo, hay quejas de personas que han tenido que acercarse a la ONP para hacer posible este beneficio. Por ello le recomendamos que si tiene esta edad, exija el cumplimiento de la ley, la cual lo ampara y está a su servicio.
 

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